Cuando nos decidimos a comprar un inmueble, solemos guiarnos más por el tipo de vivienda que queremos o dónde queremos vivir, sin analizar realmente factores fundamentales que determinan si podremos comprar esa vivienda o no.
Dentro de los aspectos que tenemos que conocer antes de lanzarnos a la compra de un inmueble, hay que analizar nuestro presupuesto, teniendo en cuenta tanto nuestra capacidad de financiación, como nuestros ahorros disponibles, ya que se trata de una inversión bastante importante de dinero y no solo tendremos que pagar el valor del inmueble, sino todos los gastos inherentes a la compra, entre los que se incluyen los impuestos correspondientes que dependen del tipo de inmueble que compremos.
Hay que contar con un porcentaje de entre un 10% y un 12% para asumir los gastos de la compraventa, entre los que se incluyen gastos de Notaría, gastos de Registro de la Propiedad y los impuestos.
Los impuestos que tiene que asumir el comprador de un inmueble, dependen de si compra una vivienda nueva o se compra una vivienda de segunda mano así como de la Comunidad Autónoma donde vaya a adquirir el inmueble.
Si se compra una vivienda nueva, el comprador tiene que pagar el IVA, que en este caso, es un impuesto igual para todo el territorio nacional y corresponde al 10 % para las viviendas de carácter general y al 4% para aquellas viviendas de protección oficial.
Si se compra una vivienda de segunda mano, el comprador tiene que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. En el Principado de Asturias el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales general asciende a entre un 8% y un 10%. Aunque si se trata de viviendas de protección oficial hay un tipo reducido al 3%.
Este impuesto grava los documentos notariales asociados a la compraventa de un inmueble y se aplica tanto a las escrituras de compraventa, como a la formalización del préstamo hipotecario.
El impuesto consta de 2 cuotas:
Todos estos impuestos no se pagan en el mismo momento y también dependen del tipo de inmueble que se compre:
En ambos casos, en el caso de solicitar hipoteca hay que abonar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, tanto la cuota fija como la variable, pero es importante saber que desde la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria será la entidad bancaria quien asuma este impuesto en la formalización del préstamo hipotecario.
Asimismo, hay que tener en cuenta los gastos de la hipoteca en el caso de que vayamos a la solicitar un préstamo hipotecario para comprar la vivienda, de ser así, tendremos que asumir los gastos de tasación de la vivienda, así como la comisión de apertura, pero sobre todo hay que tener en cuenta la entidad bancaria solo suele conceder el 80% del valor de tasación, con lo que tendremos que contar con un 20% más de ahorros.
En Agencia La Playa estamos especializados en la compraventa de inmuebles, sabemos que se trata de una decisión difícil y por eso, informamos desde el primer momento a nuestros clientes y les asesoramos para que sepan el valor real de compra de su inmueble, entre los que se incluyen los impuestos, con el objetivo de que puedan conseguir la vivienda que necesitan con todas las garantías y sin sorpresas.
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